Reglamentos Júnior
Marzo-2007
REGLAMENTO DE LA CLASE PATÍN JÚNIOR
El presente reglamento tiene categoría de Reglas de Clase Patín Júnior.
La Clase Patín Júnior es una clase Nacional como se define en los reglamentos de la RFEV de quién dependerá su gobierno y administración técnica.
Para todas las competiciones, la clase nacional Patín Júnior, se regirá, por las reglas de regata como se definen en el reglamento de Regatas de la ISAF (RRV) en vigor y los reglamentos RFEV aplicables.
1,- NORMATIVA ESPECIAL PARA LAS REGATAS DE LA CLASE
1.1.- NAVEGACIÓN DEPORTIVA
Se hace especial hincapié en el cumplimiento de la Regla Fundamental 2 de la ISAF como la principal norma de la navegación deportiva. Un patrón navegará siempre según los principios reconocidos de la deportividad y honestidad, colaborará con el comité de regatas para el buen desarrollo de las pruebas y en todo momento hará uso de buenas maneras. Un barco puede ser penalizado en caso de incumplimiento de esta regla.
1.2.- LASTRES Y ANCLAS
Los Patines Júnior no estarán obligados a llevar a bordo, anclas, cadenas ni cabos de fondeo. Se considerará como cabo de arrastre la escota que cumple con las características técnicas de longitud y resistencia.
1.3.- GOBIERNO Y PROPULSION
Está permitido introducir todo o parte del cuerpo del patrón en el agua para mejor gobierno de la embarcación exclusivamente pero no para propulsarla. Al ser una parte indispensable para su gobierno, en la clase Patín Júnior se considera el cuerpo del patrón como parte integrante de la embarcación a todos los efectos.
1.4.- PUNTUACIONES
En todas las regatas de Patín Júnior se utilizará el sistema de Puntuación Baja descrito en el Apéndice A4.1 del RRV.
1.5.- PENALIZACIONES ALTERNATIVAS
Para toda infracción a una regla de la Parte 2 del RRV, se empleará el sistema de "Penalización de Puntuación alternativas de porcentaje" (autoprotesta)
a) Un barco que reconoce una infracción de las reglas de la parte 2 RRV puede protestar contra sí mismo, actuando de la misma forma establecida para protestar contra otro barco avisando al contrario inmediatamente, si es posible, con la voz (me autoprotesto) y si no al CR al terminar. El tiempo límite y los requisitos para una autoprotesta son los mismos que en las protestas contra otro barco.
b) El barco contrario tiene también la obligación de protestar según la Regla 61.1a RRV.
c) El Comité de Protestas podrá resolver en este caso sin audiencia aplicando "la penalización alternativa" a menos que el protestante solicite Reparación.
d) Si el barco contrario no protesta según el punto b) la autoprotesta será considerada no válida.
e) La penalización alternativa consistirá en sumar al puesto de llegada del infractor un valor igual al 20% de los barcos salidos en esa prueba. En caso de decimales, redondeando al entero más próximo o al entero superior si es 5.
1.6.- RECORRIDOS
Los recorridos para la Clase Patín Júnior serán sobre triángulo equilátero.
Las longitudes totales de los recorridos se establecerán de tal manera que la duración de la regata sea de entre 40 y 60 minutos de duración. En el caso de que, por cualquier circunstancia, la regata pudiese durar menos de 40 minutos, el comité de regatas podrá modificar el recorrido hasta que este cumpla con los mínimos descritos.
1.7.- LIMITES A LA INTENSIDAD DELVIENTO
No se limita ni por exceso ni por defecto, dejándose a criterio del comité de regatas Por exceso el comité siempre podrá anular o suspender una prueba si observa falta de las medidas adecuadas para la seguridad de la flota.
1.8.- CONTROL DE PARTICIPANTES
Para participar en cualquier regata oficial de la clase Patín Júnior, deberá poseerse la licencia federativa y la tarjeta de la A.D.IP.A.V. del año en curso.
Cuando sea necesario se establecerá un control de firmas para cumplir el protocolo de seguridad
1.9.- CHALECO DE SALVAVIDAS
Es obligatorio el uso de una adecuada flotabilidad personal o chaleco salvavidas en todo momento mientras se hallen a flote.
1.10.- SALIDAS
En las regatas de Patín Júnior el procedimiento de salida será de 5 minutos tal como describe
la regla 26 del RRV. Las señales de salida serán las siguientes:
A 5 minutos señal de Atención: Bandera de clase
A 4 minutos señal de Preparación: Banderas “I” o “Negra” No se usaran “P” o “Z”
A 1 minuto arriar señal de Preparación
A 0 minutos arriar la Bandera de Clase.
1.11.- PUNTUALIZACIÓN AL RRV
La regla 20.3 del RRV se modifica por:
“Un barco que se desplaza hacia atrás, colocando la vela a la contra o permaneciendo en posición de proa al viento, se mantendrá separado de un barco que no lo hace”.
2.- LA EMBARCACIÓN.- ESPECIFICACIÓN Y REQUISITOS TÉCNICOS DEL PATÍN JÚNIOR
2.1.- NORMAS GENERALES
2.1.1.
EL Patín Júnior es un catamarán monotipo de regatas construido de acuerdo con este reglamento aprobado oficialmente y depositado en la ASOCIACION INTERNACIONAL DE PROPIETARIOS DE PATINES A VELA (A.D.I.P.A.V.). La intención de este reglamento es que los barcos sean tan similares como sea posible en todos los aspectos que afectan a la velocidad y facilidad de manejo de modo que el éxito en las regatas dependa de la habilidad del patrón.
2.1.2.
Las líneas dimensiones y construcción del patín júnior, deben de estar de acuerdo con los planos reglamentarios aprobados oficialmente y depositados en la A.D.I.P.A.V. así como las disposiciones insertas en el presente reglamento.
2.1.3.
El constructor profesional de un Patín Júnior se responsabiliza de que el patín este en medidas. La misma responsabilidad asumen los fabricantes de velas.
2.1.4.
En casos de manifiesta mala fe o incompetencia por parte del constructor, la asociación podrá impedir haciéndolo publico, que tomen parte en las regatas de la clase los patines por el construidos.
2.1.5.
Cualquier interpretación que deba hacerse del presente reglamento se realizara por el comité técnico de la A.D.I.P.A.V. y aprobada por la RFEV.
2.1.6.
Corresponde a la RFEV cualquier modificación al presente reglamento, la cual se hará únicamente a instancias y propuesta de la A.D.I.P.A.V.
2.2.- DEFINICIÓN
2.2.1.
El Patín Júnior esta constituido por dos flotadores unidos entre si por cuatro bancadas. Sobre la primera bancada se sitúa el puente en el que esta el soporte (pivote) del mástil.
2.2.2
El patín júnior no tiene ni orza ni timón ni sables en la vela ni tampoco botavara
2.3.- CASCOS Y BANCADAS
2.3.1.
El Patín Júnior está fabricado en madera de acuerdo con el siguiente reglamento, que tiene por objeto conseguir que los barcos sean tan iguales como sea posible utilizando los mismos materiales y limitando al máximo cualquier cambio.
2.3.2.
Las maderas en las que se debe construir el Patín Júnior serán para los flotadores tablero de okumé de 5 mm. para los lados y de 7 mm. para la cubierta, las cuadernas serán de okumé de 5 mm. En la quilla se utilizara ayous y formica para facilitar el arrastre. Las bancadas serán de ayous reforzado con samanguila y el puente en el que se fija el mástil será de ayous reforzado con Samanguila
2.3.3.
Los flotadores deberán ser iguales y simétricos respecto a su propia línea de crujía.
2.3.4.
La eslora de los cascos será de 3980 mm. +0/ -20 mm.
2.3.5.
La distancia entre los planos de crujía de cada flotador en cubierta y en quilla será de 1100 mm. con una tolerancia de +/-10 mm.
2.3.6.
La forma de la roda de proa será la del plano.
2.3.7.
La forma de la roda de popa será la del plano.
2.3.8.
La superficie de la cubierta en el sentido transversal será plana.
2.3.9.
La superficie de la quilla en el sentido transversal será plana.
2.3.10
Los flotadores deben construirse con cuadernas que formaran compartimentos para garantizar la flotabilidad el patín.
2.3.11.
Cada flotador deberá llevar por fuera y por dentro una moldura de madera o bordón de un tamaño no superior a 22x14 mm. ni inferior a 20x10 mm.
2.3.12.
Cada flotador deberá llevar un desagüe en la proa.
2.3.13.
Los flotadores deben ser completamente estancos y en su interior deben haber compartimentos que aseguren la flotabilidad y posibilidad de maniobra en caso de abordaje y vía de agua.
2.3.14.
En el extremo de la cubierta de popa se colocaran los soportes de la barra de escota o (maneguetas) en los que se fijara la barra de escota que podrá ser recta o curvada describiendo un arco no superior a 75 mm.
2.3.15.
Las maneguetas tendrán una altura máx. de 80 mm. un largo máx. de 235 mm. El ancho será de 35 mm.
2.3.16.
Las bancadas serán cuatro .La primera la de proa tendrá un ancho en el sentido de proa a popa de 295 mm. con una tolerancia de +/- 10 mm. El grosor de esta bancada será de 25 mm. con una tolerancia de +/-5 mm.
La segunda a partir de la proa tendrá de ancho 295 mm. con una tolerancia de +/- 10mm , y el grosor de esta bancada será de 20mm con una tolerancia de +/ -5mm.
La tercera será igual a la segunda en lo que respecta a gruesos anchos y tolerancias.
La cuarta o de popa tendrá un ancho de 395 mm. con un tolerancia de +/- 10 mm. y un grosor de 20 mm. con un tolerancia de +/- 5 mm.
2.4. APAREJO
2.4.1. Jarcia Firme
2.4.1.1.
La jarcia firme consiste en dos estays y cuatro obenques de cables de acero inoxidable de diametro no inferior a 3 mm., los cuales irán sujetos a los cadenótes y demás puntos de inserción al mástil.
2.4.1.2.
Los puntos de anclaje al mástil estarán a una altura de 4334 mm. para los estays, 3510 mm. para los obenques posteriores y 3444 mm. para los obenques medios. Todas estas alturas, tomadas desde la base del mástil y con una tolerancia de +/- 50 mm.
2.4.2. El mástil
2.4.2.1.
El mástil será de aluminio, aunque se autorizan los mástiles de madera existentes fabricados con anterioridad al año 2000. El perfil del mástil de aluminio tendrá como mínimo 56 mm. de anchura en el sentido babor estribor y de 67 mm. en el sentido de proa a popa. No estará conificado.
2.4.2.2.
Tendrá un tope de altura para la vela a 5825 mm. No se admite ningún tipo de tolerancia por encima de esta medida.
2.4.2.3.
Los mástiles de madera podrán llevar una raya bien visible a 5825 mm. de un ancho mínimo de 10 mm.
2.4.2.4.
El uso de cruceta y flexor es libre, pero de incorporarse al mástil, deberán estar a una altura de 1802 mm. desde la base del mástil con una tolerancia de +/- 50 mm.
2.4.2.5.
Están prohibidos los mástiles giratorios mecánicamente y los curvados o preflexados.
2.4.3. Jarcia de Labor
2.4.3.1.
La jarcia de labor es libre, pero no se permiten dispositivos que permitan cazar la escota desde fuera de los flotadores en el sentido lateral o desde mas atrás de 120 mm. de la popa del flotador o 100 mm. mas arriba de la cubierta de popa
2.4.3.2.
La inclinación del mástil es libre y se podrá regular por medios mecánicos.
2.4.3.3.
El pivote de anclaje para la coz del mástil no sobrepasará una altura de 120 mm. tomada desde la parte inferior de la primera bancada.
2.5.- LA VELA
2.5.1.
La vela se medirá seca, a temperatura ambiente, extendida sobre una superficie plana y sometida al esfuerzo de tracción necesario para que el tejido de la vela no presente arrugas perpendiculares a la zona medida. Para la medición de la vela se incluirán los puños, tomando los puntos de intersección de las líneas exteriores que los forman de acuerdo con las instrucciones de medición de la ISAF (Equipment Rules of Sailing –E.R.S.-)
2.5.2.
Los números de la vela deberán tener las medidas características establecidas por el apéndice G del RRV de la ISAF. El emblema de la clase deberá cumplir las formas y medidas especificadas en el plano con una tolerancia de ± 50 mm. Irá en la banda de babor sobre la línea formada por una cuerda imaginaria desde el punto de medición (p.m. a partir de ahora) de driza a 1300 mm. entre baluma y grátil.
2.5.3. Medidas
2.5.3.1.
La longitud del grátil medida entre el p.m. de driza y el p.m. de amura, no excederá los 5350 mm.
2.5.3.2.
La longitud de la baluma medida entre el p.m. de driza y el p.m. de escota, no excederá los 5350 mm.
2.5.3.3.
La distancia mas corta entre un punto en la baluma situado a 2700 mm. del p.m. de driza y el grátil será de 1350 mm. como máximo.
2.5.3.4.
La longitud desde el p.m. de escota al p.m. del grátil será de 2500 mm. como máximo.
2.5.3.5.
La longitud desde el puño de driza hasta el punto medio del pujamen será de 5380 mm. como máximo.
2.5.3.6.
El ancho máximo del tope de driza (HB) será de 100 mm. Se autoriza el uso de una tablilla que no supere los 90 mm. de ancho
2.5.4. Tejidos y corte
2.5.4.1.
El tejido deberá ser de Dracon (hilo de poliéster) y se utilizara un gramaje mínimo de 130 gr./m2 y un máximo de 270 gr./m2. Quedan prohibidos tejidos con soporte de Mylar y / o con fibras de alto modulo.
2.5.4.2.
El corte de las velas será tipo “Cross cut” (paños horizontales). Se autorizan 2 pinzas verticales en el paño del pujamen. Se prohíbe otro tipo de corte.
2.5.4.3.
El pujamen y la baluma deberán describir una línea regular. No se admiten formas sinoidales.
2.5.4.4.
Se autoriza un alma de cabo de fibra textil en el pujamen. No podrá ser regulable durante la
regata.
2.5.4.5.
Queda expresamente prohibido el uso de nervio de baluma (balumero)
2.5.4.6.
La relinga deberá llegar desde el puño de driza hasta el puño de amura.
2.5.4.7.
La vela solo podrá tener 3 puntos de fijación (ollaos). El punto de fijación del puño de amura podrá ser una gaza de cinta.
2.5.5. Refuerzos
2.5.5.1.
En la baluma, se autorizan unos pequeños refuerzos de flameo en tejido del mismo gramaje que el utilizado para la vela, los cuales tendrán como medida máxima 150 x 100 mm. Los mencionados refuerzos, sólo podrán colocarse por un lado y se situarán en la unión de los paños que forman la vela. El número máximo autorizado de refuerzos es de 5.
2.5.5.2.
Los refuerzos secundarios en los puños de la vela, serán del mismo tejido o de gramaje inferior. Dichos refuerzos no podrán superar los siguientes radios:
Puño de driza 700 mm.
Puño de amura 400 mm.
Puño de escota 800 mm.
2.5.5.3.
Se autoriza la utilización de refuerzos primarios de un radio máximo de 400 mm. en los tres puños. Se considerará refuerzo cualquier material flexible que pueda doblarse manualmente.
2.5.6.
Queda prohibida la utilización de sables.
2.5.7.
La vela deberá llevar una ventana de material transparente para permitir la visibilidad del patrón. La superficie total máxima de la ventana será de 0,5 m2
2.5.8.
En caso de medición oficial, después de que una vela haya sido declarada conforme, el puño de amura se marcará por el lado de babor con el sello del medidor. El sello deberá ser oscuro y de un tamaño mínimo de 40 mm. Al lado del sello se estampará la fecha, la firma del medidor y el número de vela.
2.6. PUBLICIDAD
2.6.1.
Los participantes podrán exhibir publicidad de categoría C conforme a la reglamentación tal y como esta definida en el Reglamento de Regatas a Vela de la ISAF.